Mientras en España se legisla en el sentido de que a ciertos cargos judiciales se los escoja por el Parlamento (todos los vocales del CGPJ) o se informe su nombramiento (magistrados de los TSJ), Europa se empeña en remar contracorriente. Así, el nuevo Reglamento interno y de funcionamiento del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea, art. 7, establece que a su Presidente lo elegirán los propios compañeros.
Dejando al margen ese detalle, estamos ante una ley procesal que rige el TFUE y que regula absolutamente todos los detalles del procedimiento, desde las costas a las notificaciones, desde los órganos asesores a la formación de las distintas salas.
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