(“Excelente ambiente de trabajo”. Hasta el Imperio Galáctico sabe de su necesidad)
Ayer se publicó en ELDIARIO.ESla confirmación de otra sentencia condenatoria penal por acoso laboral, esta vez en el Instituto Español de Oceanografía. Mientras eso no existe en la jurisdicción contenciosa, a diferencia de la laboral, ya tenemos esta sentencia y otra, también cántabra, que podéis consultar en ESTE POST DEL BLOG. Como es complicado conseguir sentencias de audiencias, dejo la noticia a la espera de que un día caiga en mis manos esta sentencia en la que se ha aplicado el nuevo delito de mobbingo acoso laboral (173. 1. 2 Cp), en el ámbito de la función pública, delito, recordemos, vigente desde el 23-XII-2010.
Lo que queda claro es que más vale, hoy por hoy, si uno es funcionario, acudir a la vía penal que a la contenciosa.
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